
Como presidente del bloque Innovación Federal, y en consonancia con lo conversado y acordado junto a las diputadas y diputados que lo integran, rechazamos de manera categórica el artículo 44 del proyecto, que modifica el régimen de licencias por accidente o enfermedad del trabajador previsto en la Ley de Contrato de Trabajo.

Solicitamos expresamente la eliminación de dicho artículo del texto en tratamiento, porque su redacción implica un retroceso objetivo en la protección de derechos laborales fundamentales: sustituye un esquema de tutela salarial ante la enfermedad por un régimen de remuneración parcial —del 50% o 75%— y, además, introduce categorías abiertas e indeterminadas que habilitan discrecionalidad, conflicto y litigiosidad en el peor momento: cuando el trabajador está enfermo o accidentado.
Nuestra responsabilidad institucional es garantizar que cualquier reforma preserve —y no debilite— el marco de resguardo frente a situaciones de vulnerabilidad. Por eso, si el objetivo es mejorar controles o procedimientos, existen alternativas compatibles con la tutela del trabajador; lo que no es admisible es recortar el derecho a percibir remuneración cuando la persona no puede trabajar por razones de salud.
En cuanto al resto del proyecto, daremos el debate correspondiente en Comisión, analizando cada artículo con seriedad, responsabilidad institucional y vocación de mejora.
Alberto Arrua
Diputado Nacional por Misiones
Innovación Federal
















