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Tiempos de Libertad. Vacaciones, indemnizaciones y paros: los 3 puntos frenados que Milei insiste en modificar

El sector gremial no acepta modificaciones por la vía del decreto, mientras la Justicia analiza cada detalle del mega paquete de medidas del Gobierno

Actualidad28/07/2025Jorge VillalbaJorge Villalba
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El Gobierno analiza cambios en la legislación laboral, pero desde la CGT creen que el plan es avanzar con las cuestiones "más duras" del decreto frenado por la Justicia después de las elecciones nacionales de octubre.

"Los cuestionamientos judiciales a la Reforma Laboral aprobada a través del DNU 70/ 2.023 tienen que ver con el decreto y no con el contenido, es decir, se cuestiona que se haga la reforma por decreto, cualquier modificación legal se puede hacer", explicó a iProfesional una fuente cercana a la secretaria de Trabajo que depende ministerio de Capital Humano.

Reforma laboral: los 3 puntos que el Gobierno insiste en modificar y están frenados
La fuente explicó a este medio que los cambios laborales frenados por la Justicia son:

la suspensión del capítulo laboral del DNU 70/2023 (arts. 53 a 97). Por lo tanto, no rige el período de prueba de 8 meses. También siguen vigentes las indemnizaciones agravadas (por despido, empleo no registrado, etc.) y no corren las restricciones al derecho de huelga ni los cambios en convenios colectivos de trabajo, muchos de los cuales datan de 1.975 también se frenó el decreto que eliminaba el feriado del 27 de junio para estatales está suspendido el último decreto que ampliaba al 75% los servicios mínimos obligatorios durante paros (afectaba salud, educación, transporte, medios, banca, etc.).

La presencia del secretario de Trabajo, Julio Cordero, en la última reunión del Consejo de Mayo de hace dos semanas, liderada por el Jefe de Gabinete, Guillermo Francos, marcó el tono del encuentro que giró en torno al punto ocho del Pacto de Mayo, firmado el 9 de julio por el Poder Ejecutivo y 18 gobernadores que es la Reforma Laboral.

 
La inclusión de Cordero en esa reunión se puede interpretar como un mensaje político, ya que el Gobierno buscará avanzar hacia cambios en el régimen de empleo, aunque por ahora el tratamiento parlamentario se postergará hasta después de las elecciones nacionales de octubre.

En esa reunión, los representantes de la Unión Industrial Argentina (UIA) y la Confederación General del Trabajo (CGT) analizaron el diagnóstico de Cordero, pero mostraron sus dudas en relación con la aplicación de la ley en el futuro.


En los últimos días, tanto el presidente Javier Milei como la ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello, han manifestado que "la reforma laboral es uno de los ejes prioritarios del oficialismo para la segunda etapa del mandato de este Gobierno, que se iniciará a partir del 11 de diciembre de este año"

El esquema de trabajo elegido como la participación acotada de los gremialistas y acuerdos progresivos, busca evitar el desgaste político de una confrontación abierta antes de las elecciones y la promesa de lograr una especie de síntesis este año deja en claro que, el Gobierno avanzará para lograr que la reforma laboral se aplique en todas sus formas para que el mercado de trabajo se flexibilice y permita crear más empleo en blanco que está frenado desde el 2.008 cuando estalló la crisis con el campo.

 
"Si bien ya hemos hecho avances en materia de legislación laboral, a partir del 11 de diciembre vamos a continuar con la reforma laboral". Esta frase lanzada por Milei hace dos semanas en su reciente discurso en la Bolsa de Comercio, Milei anticipó uno de los ejes de su plan de gobierno para después de las elecciones nacionales de octubre.

En esa dirección se suma el ministro de Desrregulacion y Transformación, Federico Sturzenegger, uno de los hacedores del DNU 70, quien junto con Pettovello buscarán reinstalar medidas ya frenadas por la Justicia: como limitar las cuotas solidarias, eliminar la ultraactividad de convenios y descentralizar negociaciones colectivas.

Sturzenegger, es el impulsor del decreto 340/2.025 contra el derecho a huelga, que fue suspendido por la Justicia laboral, y tiene un rol clave en el Consejo, junto con Francos, Pettovello y Cordero.

 
Por otro lado, desde la CGT y la UIA, con posiciones opuestas entre ambas, buscan incidir en las discusiones dentro del Consejo de Mayo, pero tienen en claro que si La Libertad Avanza (LLA) gana por un margen importante las elecciones nacionales de octubre, el Gobierno insistirá en que se apruebe un proyecto de reforma laboral más profundo y rápido que el actual.

La reforma laboral, en particular los puntos contenidos en la Ley Bases, tuvo varios obstáculos debido a los amparos judiciales que han suspendido su implementación.

Indemnización, blanqueo y período de prueba, otros puntos claves
Estos puntos, entre otros, se vieron frenados por amparos judiciales que cuestionaban la constitucionalidad de las modificaciones introducidas por la Ley Bases:

Indemnización por despido: Se buscaba modificar el cálculo de las indemnizaciones, estableciendo topes o bases diferentes a las actuales, lo que generaba preocupación entre los trabajadores sobre la pérdida de derechos laborales.
Responsabilidad solidaria: la reforma pretendía limitar la responsabilidad solidaria de las empresas contratistas, lo que podría afectar a los trabajadores tercerizados al dificultar la posibilidad de reclamar ante la empresa principal por incumplimientos laborales.
Período de prueba: con esta nueva modalidad se buscaba extender el período de prueba para nuevos contratos, lo que generaba incertidumbre entre los trabajadores sobre la estabilidad laboral durante ese período.
Otros de los aspectos que tiene la reforma son:

Blanqueo laboral: donde a través de un programa de regularización de trabajadores no registrados o sub-registrados, permitiendo a las empresas condonar deudas por aportes y contribuciones a cambio de la registración.
Simplificación de la registración con la que busca simplificar los trámites de registración laboral mediante mecanismos electrónicos.
Negociación colectiva: donde se establecieron parámetros para guiar la negociación colectiva, incluyendo incrementos salariales y recomendaciones sobre flexibilidad interna.
Pero uno de los puntos más discutidos es el nuevo esquema de vacaciones que propone la reforma, un aspecto central para la vida laboral y personal de los trabajadores.

 
En ese aspecto, uno de los principales cambios impulsados por el Gobierno es legalizar la posibilidad de dividir las vacaciones según las preferencias del trabajador.

Hay que considerar que la normativa laboral argentina marcaba que las vacaciones debían tomarse de forma continua y dentro de un período determinado por el empleador.

Con la reforma laboral 2025, se le permite a los empleados a dividir su período de descanso anual en diferentes momentos del año, con la condición de que cada tramo tenga una duración mínima de siete días corridos. De esta forma, se genera una mayor autonomía al empleado para planificar su descanso según sus necesidades.

Además, se extiende el plazo para utilizar las vacaciones correspondientes a un año calendario. De esta forma, los empleados tienen hasta el 30 de abril del próximo año para tomarlas.

Esa notificación de las vacaciones tiene que hacerse con una anticipación mínima de 21 días, lo que le permite a las empresas reorganizar sus equipos de trabajo sin mayores inconvenientes.

 
En el caso de que dos personas casadas trabajen en el mismo establecimiento, el empleador tiene que garantizar que ambos puedan tomar sus vacaciones en el mismo lapso, incentivando la armonización familiar.

Es importante explicar que la reforma no se limita únicamente a las vacaciones, sino que también hay importantes modificaciones en las licencias ordinarias y extraordinarias, especialmente en el caso de la licencia por maternidad.

Si bien se mantiene la prohibición de que las mujeres trabajen durante los 45 días anteriores al parto y los 45 posteriores, constituyendo una licencia de 90 días, se incorpora una nueva opción para ellas.

En este sentido, se puede reducir la licencia previa al parto, aunque no puede ser inferior a 30 días, y utilizar el resto de los días para disfrutarlo luego del nacimiento del bebé. Asimismo, en el caso de un nacimiento prematuro, el lapso que no se haya utilizado previo al parto se acumula de forma automática a la etapa posterior, garantizando una licencia no menor a 90 días.

 
Al mismo tiempo, se introduce la obligatoriedad de comunicar el embarazo al empleador a través de un certificado médico en el que se indique la fecha probable de parto. A través de esta notificación, la trabajadora tiene derecho a estabilidad laboral y a una garantía esencial para evitar despidos arbitrarios durante la gestación y puerperio.

También se incorpora la figura del fondo de cese laboral, el cual busca reemplazar al sistema tradicional de indemnizaciones. Se trata de un mecanismo que le permite al empleador y trabajador acordar una modalidad de desvinculación, incluyendo licencias o ausencias pactadas, lo que podría ocasionar mayor previsibilidad en los procesos de salida.

Se elimina además la presunción automática de relación laboral en los contratos de servicios profesionales, lo que genera un impacto de forma directa en la gestión de licencias y ausencias para trabajadores independientes o monotributistas.

IProfesional 

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